dijous, 27 de maig del 2010

La direcció abandona la negociació



Nota del Comitè Intercentres (05-05-10)


LA DIRECCIÓN SE LEVANTA DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN

Ayer, 25 de mayo los miembros del comité Intercentros acudimos a una nueva reunión de negociación en el Departament de Treball.

A la última propuesta de la empresa, que ya conocéis, el Comité hizo la siguiente contrapropuesta:

1. Constitución de la mesa negociadora del convenio.

2. Reforma del sistema de pensiones según el “Acuerdo de Bases para la reforma del sistema complementario de pensiones y medidas para garantizar el empleo en Aigües de Barcelona” de 27 de noviembre de 2009.

3. Prejubilaciones voluntarias:

- Vigencia de 3 años (2010-2012).

- Podrán acceder a la situación de prejubilación las personas trabajadoras que tengan 56 o más años, o alcancen esa edad durante este período de tiempo.

- El salario regulador para el cálculo de la prestación anual del/la trabajador/a en situación de prejubilación será el resultado de dividir por dos las sumas percibidas con carácter neto durante lo 24 meses trabajados antes de acceder a la situación de prejubilación de todos los conceptos salariales.

- Esta prestación se incrementará anualmente conforme a los incrementos de convenio de SGAB.

- En el supuesto de que la suma de cantidades a percibir por el/la trabajador/a hasta el pase a jubilación definitiva fuese superior a la indemnización por despido improcedente (45 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 42 mensualidades) la empresa compensará al/ a la trabajador/a con una cantidad equivalente a la carga fiscal correspondiente.

- El pase a la situación de jubilación definitiva será en el momento en que la persona trabajadora alcance el 100% de su base reguladora o la pensión máxima de la SS.

- Hasta ese momento la empresa se hará cargo del importe del convenio especial con la SS, que se revalorizará en la misma cuantía que la prestación de prejubilación.

- Los/las prejubilados/as se mantendrán en el plan de pensiones como partícipes asimilados al alta y la empresa continuará haciendo las correspondientes aportaciones al plan hasta la jubilación definitiva.

- En el momento de la jubilación definitiva, y para el personal en prestación definida, se calculará la prestación a la que el/la trabajador/a hubiese tenido derecho de mantenerse en activo hasta la edad de jubilación ordinaria. Si los derechos consolidados en el plan más el capital que tenga en la póliza de excesos no son suficientes, la empresa hará la aportación correspondiente.

- Se establecerá un compromiso de mantenimiento de una “plantilla mínima” durante la vigencia del acuerdo, de manera que se garantice la no externalización de personas ni tareas durante ese período.

4. Bajas incentivadas voluntarias: 90 días por año trabajado más una cantidad lineal en función de la antigüedad:

< 15 años: 16.000 €

15 – 25 años: 24.000 €

> 25 años: 30.000 €

Sin el tope legal de 42 mensualidades por año trabajado.

5. Reducción de jornada: Cualquier persona trabajadora de plantilla podrá solicitar una reducción de jornada de entre 1/8 y 1/2 de la misma, con reducción proporcional de retribución, aún no encontrándose en las circunstancias legales que posibilitan la solicitud de la mencionada reducción, con garantía de retorno a su jornada ordinaria.

Después de varios recesos, el asesor de la dirección, Sr. Arguiñáriz, nos manifestó que:

- Aceptan las prejubilaciones a los 56 años con una vigencia de 3 años.


- Aceptan el mantenimiento de la plantilla durante la vigencia del acuerdo, siempre y cuando se llegue al número de 194 bajas entre prejubilaciones y bajas incentivadas voluntarias, aunque no aceptan un compromiso de no externalización de tareas.

- Están abiertos a ampliar los conceptos que integran la base reguladora de la prestación así como a mejorar el porcentaje del salario regulador, aunque en ningún caso llegarán a nuestra pretensión.

- En lo que se refiere a las bajas incentivadas ofrecen 55 días de salario por año trabajado, con el máximo de 42 mensualidades.

- Mantienen como condición indispensable que la jubilación definitiva sea a los 63 ó 64 años, tal como plantearon en su propuesta inicial.

- Igualmente manifestaron que era condición sine qua non que los derechos de aportación al plan de pensiones y de prestación definida futuros de los prejubilados deben financiarse íntegramente de los ahorros que produzca la reforma del sistema de pensiones, no admitiendo que los prejubilados continúen en el plan de pensiones.

- Daban por finalizado el proceso negociador, en cualquier caso, el próximo lunes 31 de mayo.

El comité manifestó su disposición a negociar todas las cuestiones planteadas así como que ninguno de los puntos era insalvable para nosotros, contrariamente a los planteamientos de ultimátum que repetidamente hizo el asesor de la empresa.

Desde que se inició este proceso negociador el comité ha trabajado siempre para encontrar alternativas y propuestas que faciliten un acuerdo en un tiempo razonable.

Inexplicable y asombrosamente, después de más de 6 horas de negociación, la dirección de la empresa, a indicación de su asesor Sr. Arguiñariz, se levantó y abandonó la negociación sin dar ningún tipo de explicación, aprovechando que la mediadora se levantaba para ausentarse momentáneamente de la negociación mientras ambas partes discutíamos aspectos técnicos de las pensiones.

El Comité Intercentros reunido hoy hace la siguiente valoración:

Esperamos que la dirección de la empresa convoque inmediatamente una reunión para continuar con la negociación que ha interrumpido de una manera inexplicable.

Manifestamos nuestra voluntad de mantener la negociación necesaria para poder alcanzar un acuerdo global que comporte una solución a todos los planteamientos efectuados.

Barcelona, 26 de mayo 2010

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